Reforma para ampliar facultades del IFAI

La transparencia y la rendición de cuentas son un ingrediente esencial de las democracias de nuestro tiempo. Los ciudadanos exigen información clara, suficiente y puntual sobre los planes, los programas y los actos de todas las áreas del servicio público, en los tres órdenes de gobierno, federación, estados y municipios.

Era preciso, y una demanda ciudadana más allá de las ideologías, ampliar y robustecer las facultades del órgano del Estado encargado de hacer efectivo el derecho de cualquier persona a tener acceso a la información pública.

Por eso, el Pacto por México tiene como su compromiso número 83 ampliar las facultades del Instituto Federal de Acceso a la información y Protección de Datos, IFAI, máximo órgano de transparencia en el andamiaje institucional del país, objetivo que se ha alcanzado con la reforma constitucional que ahora lo dota de autonomía jurídica, presupuestal, de gestión y decisión, y lo erige como un órgano con personalidad jurídica y patrimonio propios.

La iniciativa presentada por el presidente Enrique Peña Nieto, aprobada por amplio consenso tanto por la Cámara de Diputados como por el Senado de la República y promulgada el 7 de febrero del 2014, reformó los artículos 6°, 73, 76, 78, 89, 105, 110, 111, 116 y 122 de la Constitución Política.

Con la reforma, el IFAI tiene ahora autonomía constitucional y nuevas facultades, con las que podrá transparentar información de los tres niveles de gobierno -no sólo la del ámbito federal-, de los poderes Legislativo y Judicial, de sindicatos, de otros órganos autónomos y de cualquier institución que reciba recursos públicos.

En el derecho de acceso a la información deberá ahora prevalecer el principio de máxima publicidad, es decir, todos los sujetos obligados la deberán hacer pública sin necesidad de que se les solicite, por lo que deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencia o funciones.

Con los cambios introducidos en la Constitución, las resoluciones del IFAI serán definitivas e inatacables, es decir no habrá posibilidad de interponer recurso alguno, salvo en temas donde esté en riesgo la seguridad nacional, como ocurre también en la mayoría de democracias modernas. El consejero jurídico de la Presidencia de la República tendrá la facultad de acudir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, en los casos en que a su juicio al publicitarse la información se ponga en riesgo ese valor, ese interés superior del Estado.

Además del consejero jurídico sólo el Instituto Federal Electoral (IFE) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) podrán interponer controversias ante el máximo tribunal de la nación cuando estimen que la actuación del IFAI interfiere con su labor. El Banco de México también pidió la facultad de presentar recursos de revisión en casos de posibles afectaciones a la estabilidad financiera, pero su demanda no prosperó.

Con la reforma, el IFAI adquiere más poder para transparentar la información de interés público, pues ahora también son sujetos obligados los partidos políticos, los sindicatos, otros órganos autónomos, fondos, fideicomisos o cualquier instancia que reciba recursos públicos, una añeja demanda de la sociedad mexicana. También le permite atraer y revisar solicitudes de información que recaigan en gobiernos estatales.

Sin lugar a dudas, la cultura de rendición de cuentas y de acceso a la información pública dio un decisivo paso adelante con las reformas constitucionales a los artículos que amplían las facultades del IFAI. Es una cultura de transparencia que ahora deberá impregnar en los otros dos órdenes de gobierno, los estados y los municipios, en algunos de los cuales todavía priva mucha opacidad en los procesos administrativos.

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