Reforma a la Ley de atención a víctimas

Una demanda muy sentida, en el ámbito de la justicia penal, era resarcir o al menos aliviar el dolor de las víctimas de un delito, un objetivo que no se había alcanzado pues muchas organizaciones de derechos humanos defensoras de las víctimas cuestionaban, no el espíritu ni el contenido, sino la viabilidad operativa de la Ley. Con este nuevo concepto introducido en el derecho positivo mexicano ya no se trata sólo de sancionar una conducta punitiva por un agravio abstracto a la sociedad, sino de atemperar el daño personalmente infringido a la víctima.

La Ley General de Víctimas se impulsó el sexenio pasado, un tiempo en que México vio crecer una ola de delincuencia, sobre todo de parte del crimen organizado, mafias que nada tenían que ver con los delitos del fuero común alimentados ancestralmente por la marginación y la pobreza.

Por eso, el Pacto por México contempló, como su compromiso número 27, promover reformas a la Ley General de Víctimas para atender los reclamos legítimos de los organismos de derechos humanos y darle vigencia operativa, aplicación real.

La nueva Ley General de Víctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013, busca atender los derechos de los miles de mexicanos que han sido víctimas de la delincuencia organizada, especialmente la última década. Por eso incorpora a la legislación mexicana la figura de reparación integral de daños, con el pago de indemnizaciones y atención especializada.

Para ello se establece también un Registro Nacional de Víctimas y un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que se conformará con recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2014, y con los provenientes de la venta de bienes decomisados en procesos penales o de fianzas, multas, sanciones y donaciones, entre otros.

Dentro de esta ley se destaca la creación del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, en el que colaborarán diversas instancias de los tres órdenes de gobierno, así como sectores de la sociedad mexicana.

Entre las modificaciones relevantes destaca la inclusión de la definición de “víctimas potenciales”, en donde se establece la protección a los defensores de víctimas, abogados o representantes de organismos de defensa de derechos humanos, en caso de que sus derechos a la vida y a la libertad se vean amenazados. Muchos de ellos sufrieron atentados a su integridad personal por parte del crimen organizado sólo por asesorar jurídicamente o prestar apoyo moral o material a las víctimas.

La reforma a la ley de atención a víctimas es una de las que mayor consenso han suscitado, en cámaras legislativas y en foros de opinión ciudadana.

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